
Para evitar que en cada pueblo rija una normativa diferente a la hora de aparcar, se ha establecido una normativa que afecta a toda España, y de esta forma se marcan unos mínimos que deben cumplir las demás legislaciones territoriales. En resumen, se regula quién puede disponer de una tarjeta de aparcamiento para discapacitados, qué obligaciones y derechos tienen los titulares de esas tarjetas, y cómo se obtienen.

Derechos del titular de una tarjeta de discapacitados
Entre los derechos que se reconocen al titular de una tarjeta de discapacitados, están:
- La reserva de plaza de aparcamiento, previa petición a la Administración y justificación de la necesidad de la plaza, en función de la proximidad al domicilio o al puesto de trabajo.
- Las plazas de estacionamiento en los principales centros de actividad de los núcleos urbanos, a razón de una plaza por cada cuarenta, con independencia de las propias del domicilio o trabajo.
- El estacionamiento en las zonas de aparcamiento de tiempo limitado durante el tiempo necesario.
- La parada o estacionamiento en las zonas reservadas para carga y descarga, de acuerdo con los términos que establezca la Administración local, siempre que no se ocasionen perjuicios a los peatones o al tráfico.
- La parada en cualquier lugar de la vía, por motivos justificados y por el tiempo indispensable.
- El acceso a espacios urbanos con circulación restringida a residentes si su punto de destino se encuentra en esa zona.

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